La Representante a la Cámara, Clara Rojas González propuso que quienes paguen por servicios sexuales a personas en situación de prostitución sean sancionados con multas progresivas hasta de 32 salarios mínimos legales mensuales vigentes, unos 23 millones de pesos.
La Congresista del Partido Liberal explicó que esta sanción se propuso en un proyecto de ley que radicó el Congreso de la República y que busca desestimular esta práctica teniendo en cuenta que, muchas personas que se encuentran en situación de prostitución han sido víctimas de la violencia explotadas sexualmente.
“Entre el 60 y el 70% de las personas que ejercen la prostitución son personas de estratos 1-3, migrantes y desplazadas por la acción de grupos armados al margen de la ley. Estas cifras fueron dadas a conocer en una Audiencia Pública que realizamos en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes”, explicó Clara Rojas.
Rojas González recordó que según la Iniciativa Pro Equidad de Género en Colombia el 90% de mujeres y niñas que ejercen la prostitución, tienen en promedio 14 años de edad con baja escolaridad, de las cuales el 85 y el 95% fueron abusadas sexualmente en infancia o adolescencia.
“En el caso de Bogotá, unas 23.426 mujeres se encuentran en situación de prostitución, de las cuales un 85% están en edades entre 27 a 59 años y un 13% edades entre los 18y los 26. El 61% corresponde a estratos 1 (1706), 2 (8535) y 3 (5961). Mientras que el 90% son migrantes de otras regiones del país”, señaló.
La Congresista agregó que “es importante tener en cuenta que la sola ley no va a cambiar una conducta que viene de siglos. En una reciente encuesta en mi cuenta de Twitter a la pregunta ¿está de acuerdo con penalizar la compra de servicios sexuales? de los 70 votos el 27% dijeron que SI y el 73% dijeron que NO debería ser sancionada”.
Rojas González explicó que “después de la entrada en vigencia de la ley, cada dos años se irá aumentando el número de salarios mínimos con los que se penalizará a quienes paguen por servicios sexuales. De manera que lo que se busca es crear en el imaginario colectivo, de manera progresiva, una cultura que desincentive esta práctica”.
Estas serían las sanciones que propóne la ley: Multa Tipo 1: 4 SMDLV los dos primeros años a partir de la vigencia de la presente ley.
Multa Tipo 2: 8 SMDLV. Del tercer al quinto año a partir de la vigencia de la presente ley.
Multa Tipo 3: 16 SMDLV. Del sexto al octavo año a partir de la vigencia de la presente ley.
Multa Tipo 4: 32 SMDLV. Del Noveno año en adelante a partir de la vigencia de la presente ley.
Con los dineros recaudados por cestas sanciones se busca crea el Fondo Nacional de Atención y Apoyo a Personas en Situación de Prostitución (FONASP), administrado por el Ministerio de salud y Protección Social y que servirán para financiar las políticas, planes y programas dirigidos a esta población vulnerables.